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viernes, 10 de septiembre de 2010

El proceso administrativo

Para aquellas personas que viven una situación de violencia, pero que no quieren encarar un proceso penal o civil, también está el proceso administrativo.

el proceso administrativo

En este tipo de leyes, se contemplan para el agresor sanciones administrativas como multas o arrestos.

El proceso administrativo se puede tramitar en una instancia destinada a ese fin como las Unidades de Atención y Prevención de la Violencia Familiar (UAPVIF) en el Distrito Federal. También se puede tramitar en cualquier oficina estatal del DIF.

El proceso administrativo se acompaña también de una serie de servicios otorgados por las instituciones gubernamentales:

-Trabajo Social: Impartición de pláticas, grupos de autoayuda y talleres dirigidos a las personas que acuden con problemática de violencia familiar.

-Psicólogos: Atención psicológica a las personas inmersas en la violencia familiar, puede ser individual o grupal.

-Legal en sus siguiente modalidades:

a) Conciliación. Se basa en un acuerdo celebrado entre quienes viven violencia, con el objeto de evitar un juicio o poner rápido fin a un juicio ya iniciado. NO SE REFIERE A LA RECONCILIACIÓN de la pareja.

Este proceso también puede servir para dejar constancia de la situación de violencia familiar. Aunque no se inicie de momento ningún proceso penal o civil, la conciliación puede servir de prueba para cuando se decida iniciar cualquier otro procedimiento legal.

b) Amigable composición y arbitraje. Arreglo de un conflicto de violencia doméstica a través de un tercero, nombrado como árbitro para resolver el conflicto, de conformidad con las reglas previstas por la propia ley.

c) Administrativo. Consiste en la realización de un proceso similar al civil, a través del cual se pretende primordialmente frenar la situación de violencia. La resolución de la autoridad se llama "resolución administrativa".

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